Bienes Raices

Como evitarsorpresas deImpuestos

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Es de suma importancia para usted conocer las leyes, derechos y/o privilegios de los cuales puede disfrutar.


Si usted es extranjero y vende una propiedad por valor inferior a $300,000.00 dólares está exento de la retención del 15% sobre el precio de venta al cerrar la transacción, siempre y cuando el comprador haga uso de dicha propiedad como residencia permanente (mínimo seis meses por año durante los primeros 24 meses) y además firme el afidávit correspondiente llamado FIRTPA (Foreign Investment in Real Property Tax Act, Seccion 1445 del Departamento de Renta Interna IRS).


Cuando el comprador no firma dicho afidávit y/o el precio de venta de la propiedad es superior a $300,000.00 dólares, el vendedor está sujeto a la retención del 15% sobre el precio de venta en el momento de la transferencia de título (escritura pública), dicha cantidad puede ser retenida por
el comprador, la compañía de título o abogado que realice el cierre de dicha transacción.


Vendedor y comprador deben tener un número de seguro social o identificación fiscal (de no tenerlo deben solicitarlo), mientras tanto el 15% de retención será depositado en una cuenta asegurada por la compañía de título o abogado encargado del cierre de dicha transacción hasta que el Departamento de Renta Interna (IRS) determine su distribución de acuerdo con la ley establecida, en este caso el vendedor es responsable de los gastos necesarios hasta terminado el proceso.


El comprador, abogado o la compañía de título hará entrega al Departamento de Renta Interna (IRS) la cantidad retenida en el tiempo establecido por el código según la sección 1445 y enviara copia del formulario completado y recibo de pago al vendedor como prueba para sus registros.


Es de suma importancia cuando compra o vende una propiedad asesorarse con un profesional (REALTOR) que se especialice en la comunidad donde esté ubicada la misma, y/o consultar un abogado especializado en Bienes Raíces o el representante de impuestos sobre la propiedad para tener la garantía de un buen servicio.


Existe una responsabilidad de deuda que no esta protegida por el seguro de Titulo y es aquí donde el comprador debe conocer las leyes establecidas por el IRS (Servicio de Renta Interna) entidad encargada de cobrar impuestos sobre las ganancias obtenidas en cualquier transacción de compraventa en Bienes Raíces Para más información puede comunicarse conmigo llamando al 305.216.9399 o vía e-mail lourdes@lourdesseda.com y su pregunta o solicitud será atendida con profesionalismo, además de agradecerle la oportunidad de servirle.

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