Si usted está dispuesto a comprar su nuevo hogar y se está dando tiempo para buscar con tranquilidad, ese relax le puede costar dinero en el 2025. En su propiedad primaria (residencia permanente) usted podrá disfrutar de $50,000 exentos de impuestos gracias a la ley (HOMESTEAD EXEMPTION), que en español se conoce como (Exención Relativa a la Tasación de Inmuebles). Para tener derecho a esta exención de impuesto dicha propiedad debe ser comprada en o antes del día 31 de diciembre del 2024; sino perderá el derecho a calificar para dicha exención en el 2025.
Si eres residente permanente del estado de la Florida, calificas para ese. El día 2 de Enero de cada año el departamento de recaudo de impuestos a las propiedades, abre algunas oficinas temporales en diferentes ciudades para facilitar a los residentes realizar la solicitud; todas aquellas personas que realizan la solicitud cumpliendo con los requisitos exigidos antes del día 1 de Marzo recibirán la exención comenzando el mismo año. También se puede aplicar online.
Quienes por alguna razón pierden la oportunidad de solicitar la exención durante las fechas anteriormente descritas, también pueden hacerlo en cualquier momento dirigiéndose a la oficina principal de su condado, que permanece abierta todo el año; en este caso la exención comenzará a ser efectiva a partir del siguiente año.
También existen otros tipos de exenciones para las que pueden aplicar aquellas personas que son viudo/a, veteranos de guerra, civiles con incapacidad parcial o total, mayores de 65 años con bajos ingresos, estas exenciones solo aplican en la residencia permanente.
Para más detalles entre en la página:
ttps://www8.miamidade.gov/Apps/PA/PAOnlineTools/AutoOnlineFile/ExemptionOnlineMainMenu.aspx con toda la información necesaria y aplicación online.
Algunos de los requisitos para aplicar son los siguientes:
1) Presentar prueba de residente permanente o ciudadano americano.
2) Vivir la propiedad para la que pide el descuento de impuesto. Puede tener más de una propiedad a su nombre y solo recibirá descuento en la residencia permanente, la exención pertenece al dueño, no a la propiedad.
3) La propiedad debe estar a nombre del nuevo dueño en o antes del 31 de Diciembre del año anterior.
4) La licencia de conducir del dueño debe tener la dirección de la propiedad para la que solicita la exención.
5) Debe presentar recibo de agua, luz y/o teléfono en dicha propiedad a nombre del dueño.
Si está decidido a comprar o cambiar su residencia permanente, es recomendable que agilice la transacción y cierre antes del día 31 de Diciembre del 2024 y así tendrá una razón más para celebrar la llegada del nuevo año.
Siempre estoy a su alcance para servirles vía e-mail:
lourdes@lourdesseda.com o llamando al 305.216.9399 y será atendido con la excelencia que merece